¿Es necesaria documentación en moto carreras?
5 participantes
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¿Es necesaria documentación en moto carreras?
Hola, muy buenas a todos.
Sólo unas lineas para consultaros algo que por lo visto desconocía y que me tiene intrigado/preocupado. Ayer fuí a recoger una TZ 250 G (modelo frágil donde los haya...) para hacerle un repaso completo de motor. La moto, al ser de competición, carece de documentación, seguro, etc, etc.
Pues bien: al rato de estar ya en ruta de regreso a casa, la policía me da el alto y me hace detenerme en el arcén. Al ver la moto me exigen sus "papeles", lo que no pude hacer explicándoles el uso en concreto que se dió desde su nacimiento a la pobre Yamaha y que, consiguientemente, no contemplaba la necesidad de acreditar la posesión de permisos de circulación, fichas técnicas, seguros...
Muy educadamente (eso si) rebatieron mis argumentos. Sin concretar en ningún momento, me comunicaron que para el traslado de motos de competición era necesaria, aparte de una factura de compra, algún tipo de documentación sobre la cual en cualquier cuartel de la policía estarían gustosos en informarme al respecto.
También añadieron que la moto, por muy de competición que fuese, tiene que tener una especie de "seguro deportivo" que cubra incidencias no relacionadas con su uso "...imagínese que la moto cae encima de un niño que se acerca a mirarla en boxes", detalló).
Ante todo ésto, me quedé así . Nunca, desde los 18 años en que con camión, furgo o remolque, he "acarreado" motos de carreras por toda España, me había pasado ésto. Al final (debo hacer cara de buena persona, jejeje...) me dejaron marchar sin multarme. Incluso reconocieron que, algún domingo, veían alguna carrera por TV "a la hora del aperitivo"...
Y de todo ello nace el motivo de mi consulta al foro: ¿Es necesaria documentación en motos de competición? ¿Cual? ¿Algún tipo de seguro?
Muchas gracias a todos por anticipado. Saludos.
Sólo unas lineas para consultaros algo que por lo visto desconocía y que me tiene intrigado/preocupado. Ayer fuí a recoger una TZ 250 G (modelo frágil donde los haya...) para hacerle un repaso completo de motor. La moto, al ser de competición, carece de documentación, seguro, etc, etc.
Pues bien: al rato de estar ya en ruta de regreso a casa, la policía me da el alto y me hace detenerme en el arcén. Al ver la moto me exigen sus "papeles", lo que no pude hacer explicándoles el uso en concreto que se dió desde su nacimiento a la pobre Yamaha y que, consiguientemente, no contemplaba la necesidad de acreditar la posesión de permisos de circulación, fichas técnicas, seguros...
Muy educadamente (eso si) rebatieron mis argumentos. Sin concretar en ningún momento, me comunicaron que para el traslado de motos de competición era necesaria, aparte de una factura de compra, algún tipo de documentación sobre la cual en cualquier cuartel de la policía estarían gustosos en informarme al respecto.
También añadieron que la moto, por muy de competición que fuese, tiene que tener una especie de "seguro deportivo" que cubra incidencias no relacionadas con su uso "...imagínese que la moto cae encima de un niño que se acerca a mirarla en boxes", detalló).
Ante todo ésto, me quedé así . Nunca, desde los 18 años en que con camión, furgo o remolque, he "acarreado" motos de carreras por toda España, me había pasado ésto. Al final (debo hacer cara de buena persona, jejeje...) me dejaron marchar sin multarme. Incluso reconocieron que, algún domingo, veían alguna carrera por TV "a la hora del aperitivo"...
Y de todo ello nace el motivo de mi consulta al foro: ¿Es necesaria documentación en motos de competición? ¿Cual? ¿Algún tipo de seguro?
Muchas gracias a todos por anticipado. Saludos.
Xavidu- Amotiquero X-Pro
- Localización : Barcelona
Fecha de inscripción : 07/04/2008
Re: ¿Es necesaria documentación en moto carreras?
Hola, no del seguro no lo se, pero documentación de la propiedad si que tienes que llevarlo.
cuando he comparado una moto y la transporto yo siempre hemos echo aunque sea en una hoja de libreta un documento de compra venta entre las partes aunque solo sea para dar testimonio de que no es robada, al menos por mi.
incluso una vez trabajando en un control, nos pidieron una orden de la empresa para poder transportar las herramientas eléctricas que llevamos íbamos en un coche particular a trabajar....... ( ¿como se que no son robadas? ) desde entonces en la orden de trabajo incluia la lista de herramientas.
saludos.
cuando he comparado una moto y la transporto yo siempre hemos echo aunque sea en una hoja de libreta un documento de compra venta entre las partes aunque solo sea para dar testimonio de que no es robada, al menos por mi.
incluso una vez trabajando en un control, nos pidieron una orden de la empresa para poder transportar las herramientas eléctricas que llevamos íbamos en un coche particular a trabajar....... ( ¿como se que no son robadas? ) desde entonces en la orden de trabajo incluia la lista de herramientas.
saludos.
Atg- Amotiquero Junior
- Localización : Montefrío (Granada)
Fecha de inscripción : 23/06/2009
Re: ¿Es necesaria documentación en moto carreras?
El caso, Atg, era que me pedían "algún tipo de documentación", algo similar a los "papeles" de una moto de calle, no un recibo o un contrato de compra-venta. Y aparte está lo del tipo de seguro que me comentaban...
Muchas gracias por tu aportación.
Muchas gracias por tu aportación.
Xavidu- Amotiquero X-Pro
- Localización : Barcelona
Fecha de inscripción : 07/04/2008
Re: ¿Es necesaria documentación en moto carreras?
Hola Xavidu,
Cuándo estas en Boxes en alguna competición o similar el Organizador tiene que contratar un seguro de responsabilidad civil, lo mismo que en un concierto, festejo.....
Respecto a la documentación con una factura que acredite que es tuya es suficiente, cuándo estas en una competición tu licencia ya tiene el seguro, aparte como te comentaba los organizadores del evento.
Saludos.
Cuándo estas en Boxes en alguna competición o similar el Organizador tiene que contratar un seguro de responsabilidad civil, lo mismo que en un concierto, festejo.....
Respecto a la documentación con una factura que acredite que es tuya es suficiente, cuándo estas en una competición tu licencia ya tiene el seguro, aparte como te comentaba los organizadores del evento.
Saludos.
Ferran Sanz- Amotiquero Junior
- Localización : La Granada (Barcelona)
Fecha de inscripción : 15/07/2008
Re: ¿Es necesaria documentación en moto carreras?
Buenos dias, Ferran Sanz.
Lo que comentas es justo lo que creía que era lo adecuado y necesario. Y lo que siempre he llevado encima cuando ha sido necesario. Por ello no se que lectura tendría que hacer del encuentro que tuve con la autoridad y a qué tipo de "documentación necesaria" se referían...
Muchas gracias por tu aportación.
Saludos.
Lo que comentas es justo lo que creía que era lo adecuado y necesario. Y lo que siempre he llevado encima cuando ha sido necesario. Por ello no se que lectura tendría que hacer del encuentro que tuve con la autoridad y a qué tipo de "documentación necesaria" se referían...
Muchas gracias por tu aportación.
Saludos.
Xavidu- Amotiquero X-Pro
- Localización : Barcelona
Fecha de inscripción : 07/04/2008
Re: ¿Es necesaria documentación en moto carreras?
Este tema no lo domino. Pero voy a dar mi opinión en base a mi experiencia.
Una motocicleta transportada en un remolque, interior de furgoneta, grúa, etc. Es decir que no circula ni ocupa la vía pública, es un objeto.
Como tal objeto transportado ha de tener un propietario.
Esto sirve para motos de competición, motos matriculadas, globos aerostáticos o cualquier otra cosa.
Por consiguiente. Lo que si que se le puede pedir al transportista es la acreditación de la propiedad. Y si el trasnportista no es el propietario, el permiso de este.
Es normal que pidan acreditar la propiedad. Esta es una de las funciones de los Agentes de la Autoridad. Impedir robos.
Es mas. Me encanta que pidan acreditar la propiedad. Menos mal que hay gente que controla el posible mangoneo de motos.
Otra cosa es el seguro.
A mi entender. Un Agente de la autoridad no puede solicitar fuera de la vía pública la contratación de cualquier tipo de seguro. Sea una moto matriculada o no.
Vamos a poner un ejemplo.
La moto de competición carece de seguro de RC. No lo necesita, de momento.
Trasladas la moto de competición a un circuito. Tu no estás federado y careces de seguro personal para correr y también careces de un seguro asociado a su uso en competición.
Imaginemos que es una carrera organizada con un seguro puntual para la misma y que te apuntas con una licencia exclusiva de esta carrera.
Antes de bajar la moto del remolque, te pasas por las oficinas y regularizas la inscripción. No sea que al descargarla se te caiga encima de un mirón y le chafes un juanete.
Si se te cae la carga en circulación y la moto se la come una furgoneta. Pues en función de tu seguro contratado, los daños los puedes llegar a liquidar tú. Habría que mirar las condiciones generales y particulares de la póliza del vehículo (si el remolque carece de matrícula) o del remolque para sacar conclusiones.
Si el remolque es para motos. La Autoridad no debería sancionarte. A no ser que el accidente esté asociado a una imprudentia, etc.
Si el remolque es de carga. Puedes tener problemas.
Si el remolque es específico. Por ejemplo, para transporte de animales. Seguro que los tendrás.
En resumen y tal como yo lo veo. La situación que te plantean los Agentes de la Autoridad es razonable respecto a la titularidad. Pero no la considero razonable respecto al seguro.
Aplica este criterio a un gruista. Este transporta un vehículo del que solo dispone de la autorización del titular. No dispone ni del seguro del vehículo, ni de permiso de circulación, ni de tarjeta de inspección. De hecho, no tiene por que aportar estos documentos. Con la autorización firmada del titular del vehículo es suficiente. Otra cosa es que la Autoridad encuentre anomalías en este documentos, sus datos, etc. Y realice otras actuaciones por sospechar que el asunto está poco claro.
Una motocicleta transportada en un remolque, interior de furgoneta, grúa, etc. Es decir que no circula ni ocupa la vía pública, es un objeto.
Como tal objeto transportado ha de tener un propietario.
Esto sirve para motos de competición, motos matriculadas, globos aerostáticos o cualquier otra cosa.
Por consiguiente. Lo que si que se le puede pedir al transportista es la acreditación de la propiedad. Y si el trasnportista no es el propietario, el permiso de este.
Es normal que pidan acreditar la propiedad. Esta es una de las funciones de los Agentes de la Autoridad. Impedir robos.
Es mas. Me encanta que pidan acreditar la propiedad. Menos mal que hay gente que controla el posible mangoneo de motos.
Otra cosa es el seguro.
A mi entender. Un Agente de la autoridad no puede solicitar fuera de la vía pública la contratación de cualquier tipo de seguro. Sea una moto matriculada o no.
Vamos a poner un ejemplo.
La moto de competición carece de seguro de RC. No lo necesita, de momento.
Trasladas la moto de competición a un circuito. Tu no estás federado y careces de seguro personal para correr y también careces de un seguro asociado a su uso en competición.
Imaginemos que es una carrera organizada con un seguro puntual para la misma y que te apuntas con una licencia exclusiva de esta carrera.
Antes de bajar la moto del remolque, te pasas por las oficinas y regularizas la inscripción. No sea que al descargarla se te caiga encima de un mirón y le chafes un juanete.
Si se te cae la carga en circulación y la moto se la come una furgoneta. Pues en función de tu seguro contratado, los daños los puedes llegar a liquidar tú. Habría que mirar las condiciones generales y particulares de la póliza del vehículo (si el remolque carece de matrícula) o del remolque para sacar conclusiones.
Si el remolque es para motos. La Autoridad no debería sancionarte. A no ser que el accidente esté asociado a una imprudentia, etc.
Si el remolque es de carga. Puedes tener problemas.
Si el remolque es específico. Por ejemplo, para transporte de animales. Seguro que los tendrás.
En resumen y tal como yo lo veo. La situación que te plantean los Agentes de la Autoridad es razonable respecto a la titularidad. Pero no la considero razonable respecto al seguro.
Aplica este criterio a un gruista. Este transporta un vehículo del que solo dispone de la autorización del titular. No dispone ni del seguro del vehículo, ni de permiso de circulación, ni de tarjeta de inspección. De hecho, no tiene por que aportar estos documentos. Con la autorización firmada del titular del vehículo es suficiente. Otra cosa es que la Autoridad encuentre anomalías en este documentos, sus datos, etc. Y realice otras actuaciones por sospechar que el asunto está poco claro.
Arquero- Amotiquero Cadete
- Localización : Santpedor (Barcelona)
Fecha de inscripción : 14/03/2009
Re: ¿Es necesaria documentación en moto carreras?
Muchas gracias por tu razonamiento, Arquero: es bien coherente y lógico.
Pero sigo sin entender como no me sancionaron por no mostrar una documentación que no tenía, ni un seguro que me exigían... y que según ellos debería tener.
Quizás mejor dejarlo como un "misterio sin resolver" y proceder tal y como lo hayamos hecho hasta ahora sin causar ni tener problemas.
Saludos a todos.
Pero sigo sin entender como no me sancionaron por no mostrar una documentación que no tenía, ni un seguro que me exigían... y que según ellos debería tener.
Quizás mejor dejarlo como un "misterio sin resolver" y proceder tal y como lo hayamos hecho hasta ahora sin causar ni tener problemas.
Saludos a todos.
Xavidu- Amotiquero X-Pro
- Localización : Barcelona
Fecha de inscripción : 07/04/2008
Re: ¿Es necesaria documentación en moto carreras?
Pues yo entiendo que no es necesario acreditar documentalmente la propiedad, salvo que haya una denuncia por robo, en cuyo caso sí que estarías en un buen lío. Pero en caso contrario -afortunadamente lo normal y habitual- en una moto que nunca ha estado matriculada, la posesión, en principio, supone la propiedad, salvo que alguna otra persona demuestre que no es así (que por ejemplo tenga una factura de compra que la identifique y haya denunciado su robo).
Entiendo que no pueden multarte por ello. Si quieren tomar datos del número de bastidor, pues perfecto que comprueben si hay denuncia por robo, pero si no la hay, el propietario eres tú. Imagina el sinsentido que sería en caso contrario ¿quién es el propietario? No lo habría. O si en vez de una moto hablamos de cualquier otro objeto (herramientas, una bici, los muebles de tu casa...) ¿Acaso podemos demostrar documentalmente ser los dueños de todo eso. No, pero la posesión es lo que evidencia -salvo mejor prueba en contrario; insisto- la propiedad.
Dicho esto, si tienes contrato de compra o lo que sea, pues muchísimo mejor, claro.
Y ojo que digo esto, pero no soy abogado. A ver si hay alguno por el foro y nos asesora mejor.
Entiendo que no pueden multarte por ello. Si quieren tomar datos del número de bastidor, pues perfecto que comprueben si hay denuncia por robo, pero si no la hay, el propietario eres tú. Imagina el sinsentido que sería en caso contrario ¿quién es el propietario? No lo habría. O si en vez de una moto hablamos de cualquier otro objeto (herramientas, una bici, los muebles de tu casa...) ¿Acaso podemos demostrar documentalmente ser los dueños de todo eso. No, pero la posesión es lo que evidencia -salvo mejor prueba en contrario; insisto- la propiedad.
Dicho esto, si tienes contrato de compra o lo que sea, pues muchísimo mejor, claro.
Y ojo que digo esto, pero no soy abogado. A ver si hay alguno por el foro y nos asesora mejor.
Mcampo68- Amotiquero Junior
- Localización : Madrid
Fecha de inscripción : 30/04/2010
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