Duda en compra Puch
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Amoticos :: SELECCIÓN MARCAS :: Puch
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Duda en compra Puch
Hola Amotiqueros¡¡¡ Bueno pues como mi cabeza no para de pensar en cosas, y siempre me ronda algo, he pensado en agenciarme una Puch. En cuestión sería la Puch Cobra M-82 Aire Primera Serie, la moto esta en perfecto estado, 10.000Km de marcador, y nada demacrada, muy bien para sus años. Lo malo es que no tiene papeles, tiene baja definitiva, pero creo que pueda volver a documentarla, no?. Y mas o menos cuanto sería, por que mire en el foro de documentación y tengo la picha hecha un lió jajaja. Ojala pudiera llegar a un trato y poder agenciármela a un buen precio sin llegar a cifras altas.
Un saludo y haber si me podeís hechar una mano
Un saludo y haber si me podeís hechar una mano
JCuesta- Amotiquero Junior
- Localización : Sta. Cruz de la Zarza (Toledo)
Fecha de inscripción : 14/03/2013
Re: Duda en compra Puch
Chico, no quiero ser aguafiestas pero puedes tener problemas. Me explico: Si la moto la dieron de baja antes de la entrada en vigor del Real Decreto 1383 de 2002 (que transpone la Directiva 2000/53 CE), es decir antes del 17/09/2003 no tienes más problema que el derivado de la pesada maquinaria burocrática de este país. Yo ya lo he hecho y si necesitas ayuda en el "duro camino de la ley" estaré encantad en ofrecértela.
Pero si la moto la dieron de baja con fecha posterior, te veo usándola de pisapapeles. Te transcribo literalmente el preámbulo del Real Decreto: "Constituyen determinaciones prioritarias del presente Real Decreto garantizar la recogida de los vehículos para su descontaminación en centros de tratamiento específicamente autorizados, la correcta gestión ambiental de los elementos de los componentes extraídos del vehículo y el cumplimiento de los objetivos de reutilización, reciclado y valorización establecidos por la Directiva 2000/53/CE..." Traducido al cristiano, resulta que para presentar la baja de un vehículo en Tráfico es condición indispensable que un ente Autorizado (Desguace...) te haga un papel conforme el vehículo ha sido descontaminado, despiezado y tratado correctamente: aceites, líquidos de hidráulicos e hidrocarburos por un lado, aluminio y hierro por el otro, plásticos debidamente clasificados para su reciclaje... Con lo cual cualquier vehículo de baja tras la entrada en vigor del R.D. 1383/2002 sencillamente NO EXISTE, ha sido destruido previamente en millones de piezas.
Y así están las cosas; únicamente aclarar que cualquier vehículo de baja con anterioridad a la entrada en vigor del R.D. 1383/2002 se puede rehabilitar aunque haya CC.AA. que digan que no. Es competencia de ámbito estatal y ninguna autonomía tiene las competencias traspasadas en estos temas, por lo que si en la tuya te dicen lo contrario montas un zapateado en la dirección del Dpto, que no te lo pueden negar.
Espero haberte sido de ayuda!
Saludos!
Jorge
Pero si la moto la dieron de baja con fecha posterior, te veo usándola de pisapapeles. Te transcribo literalmente el preámbulo del Real Decreto: "Constituyen determinaciones prioritarias del presente Real Decreto garantizar la recogida de los vehículos para su descontaminación en centros de tratamiento específicamente autorizados, la correcta gestión ambiental de los elementos de los componentes extraídos del vehículo y el cumplimiento de los objetivos de reutilización, reciclado y valorización establecidos por la Directiva 2000/53/CE..." Traducido al cristiano, resulta que para presentar la baja de un vehículo en Tráfico es condición indispensable que un ente Autorizado (Desguace...) te haga un papel conforme el vehículo ha sido descontaminado, despiezado y tratado correctamente: aceites, líquidos de hidráulicos e hidrocarburos por un lado, aluminio y hierro por el otro, plásticos debidamente clasificados para su reciclaje... Con lo cual cualquier vehículo de baja tras la entrada en vigor del R.D. 1383/2002 sencillamente NO EXISTE, ha sido destruido previamente en millones de piezas.
Y así están las cosas; únicamente aclarar que cualquier vehículo de baja con anterioridad a la entrada en vigor del R.D. 1383/2002 se puede rehabilitar aunque haya CC.AA. que digan que no. Es competencia de ámbito estatal y ninguna autonomía tiene las competencias traspasadas en estos temas, por lo que si en la tuya te dicen lo contrario montas un zapateado en la dirección del Dpto, que no te lo pueden negar.
Espero haberte sido de ayuda!
Saludos!
Jorge
Kokeossa- Amotiquero Junior
- Localización : Barcelona
Fecha de inscripción : 19/02/2013
Re: Duda en compra Puch
Hola JCuesta,rehabilitar una moto dada de baja te costara de 150€ a 200€ aproximadamente,depende de si tienes el DNI de el antiguo propietario o bien le tienes que pagar el almuerzo a dos amigos tuyos y hacer un acta notarial.
Si la moto es recuperable,vale la pena ya que tiene muy buena pinta,suerte.
Si la moto es recuperable,vale la pena ya que tiene muy buena pinta,suerte.
Oscaret- Amotiquero Junior
- Localización : Lérida
Fecha de inscripción : 06/05/2012
Re: Duda en compra Puch
Si claro, la tiene el dueño, con sus antiguos papeles, estoy esperando a que me envie una copia de ellos a ver que solución tiene
JCuesta- Amotiquero Junior
- Localización : Sta. Cruz de la Zarza (Toledo)
Fecha de inscripción : 14/03/2013
Re: Duda en compra Puch
Hola! Lo del "almuerzo" es por el acta de notoriedad que debes aportar caso que el dueño no esté localizable o simplemente decida chantajearte para sacar un dinero "extra" abusando de tu situación de necesidad. Cuesta sobre unos 60€ y necesitas dos testigos.
Llegados a este punto, me gustaría hacerte un par de consideraciones que pueden ser útiles tanto para ti como para más gente:
- Primero que obligatoriamente se debe levantar acta de NOTORIEDAD, nunca una de MANIFESTACIONES. La diferencia entre ellas es que el acta de manifestaciones transcribe lo que una persona ha "manifestado" delante de un fedatario público, no garantiza la veracidad de las declaraciones y tan sólo acredita que éstas se pronunciaron ante un notario (fedatario público al igual que los registradores de la propiedad e incluso muchos funcionarios), mientras que el acta de notoriedad es algo mucho más serio ya que tiene por objeto la comprobación de los hechos, dando carta de legitimidad a la solicitud del interesado, y otorgando por tanto trascendencia jurídica tanto a lo que en ella se recoge (cosa que permite acreditar en Tráfico que la moto es tuya) como a las consecuencias de una eventual falsedad en lo allí firmado, tanto por parte del promotor del acta como de los testigos que acreditan veracidad. ¿Qué quiere decir esto? Pues que como a posteriori de volver a dar de alta la moto aparezca alguien que acredite por el medio que sea que la moto es suya, tanto tu como los testigos os las vais a cargar con todo el equipo por falsedad documental y fraude.
- Segundo, que para que el acta de notoriedad tenga validez para el caso particular de dar de alta un vehículo, en ella se debe recoger que dicho vehículo es de tu propiedad desde hace un mínimo de dos años.
Estoy a tu servicio y del que quiera para aclarar dudas de estos menesteres, pero creo que estos temas deberían tratarse por mensajes privados mejor que por temas del foro. Primero porque el anonimato de Internet permite que mucho desaprensivo saque "ideas" para llevar a cabo actos de dudosa legalidad. Y segundo porque me consta que hay funcionarios de cuerpos de seguridad del estado y de la dirección general de tráfico que de oficio buscan por foros como este los posibles fallos y malos usos de la legislación vigente, y tampoco me da la gana que por algo que puedan apreciar que no les guste se dediquen a ir endureciendo cada día más la legislación y normativa vigente, que ya bastante apretada está y que en mi opinión es un derecho que tenemos todos y que aparte de no hacer un mal a nadie lo que sí hacemos es un servicio impagable (y ni pagado ni agradecido) de recuperación de la memoria motociclística e industrial de este país y de una época en la que se hicieron cosas que deberían llenar de orgullo a todos.
Y no sigo, porque las recomendaciones que haría a los que investigan de oficio actos como el que nos ocupa levantarían ampollas, que gusta mucho perder el tiempo en tonterías y cosas fáciles y dejar pasar lo auténticamente relevante. Porque la prima de riesgo o la tasa de paro de este país no están donde están precisamente por las rematriculaciones de vehículos históricos...
Saludos!
Jorge
Llegados a este punto, me gustaría hacerte un par de consideraciones que pueden ser útiles tanto para ti como para más gente:
- Primero que obligatoriamente se debe levantar acta de NOTORIEDAD, nunca una de MANIFESTACIONES. La diferencia entre ellas es que el acta de manifestaciones transcribe lo que una persona ha "manifestado" delante de un fedatario público, no garantiza la veracidad de las declaraciones y tan sólo acredita que éstas se pronunciaron ante un notario (fedatario público al igual que los registradores de la propiedad e incluso muchos funcionarios), mientras que el acta de notoriedad es algo mucho más serio ya que tiene por objeto la comprobación de los hechos, dando carta de legitimidad a la solicitud del interesado, y otorgando por tanto trascendencia jurídica tanto a lo que en ella se recoge (cosa que permite acreditar en Tráfico que la moto es tuya) como a las consecuencias de una eventual falsedad en lo allí firmado, tanto por parte del promotor del acta como de los testigos que acreditan veracidad. ¿Qué quiere decir esto? Pues que como a posteriori de volver a dar de alta la moto aparezca alguien que acredite por el medio que sea que la moto es suya, tanto tu como los testigos os las vais a cargar con todo el equipo por falsedad documental y fraude.
- Segundo, que para que el acta de notoriedad tenga validez para el caso particular de dar de alta un vehículo, en ella se debe recoger que dicho vehículo es de tu propiedad desde hace un mínimo de dos años.
Estoy a tu servicio y del que quiera para aclarar dudas de estos menesteres, pero creo que estos temas deberían tratarse por mensajes privados mejor que por temas del foro. Primero porque el anonimato de Internet permite que mucho desaprensivo saque "ideas" para llevar a cabo actos de dudosa legalidad. Y segundo porque me consta que hay funcionarios de cuerpos de seguridad del estado y de la dirección general de tráfico que de oficio buscan por foros como este los posibles fallos y malos usos de la legislación vigente, y tampoco me da la gana que por algo que puedan apreciar que no les guste se dediquen a ir endureciendo cada día más la legislación y normativa vigente, que ya bastante apretada está y que en mi opinión es un derecho que tenemos todos y que aparte de no hacer un mal a nadie lo que sí hacemos es un servicio impagable (y ni pagado ni agradecido) de recuperación de la memoria motociclística e industrial de este país y de una época en la que se hicieron cosas que deberían llenar de orgullo a todos.
Y no sigo, porque las recomendaciones que haría a los que investigan de oficio actos como el que nos ocupa levantarían ampollas, que gusta mucho perder el tiempo en tonterías y cosas fáciles y dejar pasar lo auténticamente relevante. Porque la prima de riesgo o la tasa de paro de este país no están donde están precisamente por las rematriculaciones de vehículos históricos...
Saludos!
Jorge
Kokeossa- Amotiquero Junior
- Localización : Barcelona
Fecha de inscripción : 19/02/2013
Re: Duda en compra Puch
Bueno, me acaban de enviar el email, el dueño de la moto, y la moto lleva de baja desde 1998, y tiene todos los papeles, la baja, etc, que me podriaís decir de ella?
JCuesta- Amotiquero Junior
- Localización : Sta. Cruz de la Zarza (Toledo)
Fecha de inscripción : 14/03/2013
Re: Duda en compra Puch
Hola JCuesta,lo tienes bien al tener contacto con el antiguo propietario,ya que rehabilitarla puedes,como bien te dije por unos 150€.
Ahora depende de si lo que el te pide se adapta a tu presupuesto y de el tipo de restauracion que desees hacer,ya que muchas veces que te gastas mas en la restauracion que en la moto en si.Pero la amotico bien merece la pena y mas pudiendo documentarla y disfrutarla tranquilamente y legal.
Ya nos diras que haces.
Ahora depende de si lo que el te pide se adapta a tu presupuesto y de el tipo de restauracion que desees hacer,ya que muchas veces que te gastas mas en la restauracion que en la moto en si.Pero la amotico bien merece la pena y mas pudiendo documentarla y disfrutarla tranquilamente y legal.
Ya nos diras que haces.
Oscaret- Amotiquero Junior
- Localización : Lérida
Fecha de inscripción : 06/05/2012
Re: Duda en compra Puch
Estoy de acuerdo con Oscaret; cuenta unos 95€ de tasa de tráfico, unos 50 y pico de notario, la ITV y gastos menores como la autoliquidación del impuesto de transmisiones... que son poquitos euro (por poner cifra, 5 o 6 euro)
Creo que vale la pena.
Saludos:
Jorge
Creo que vale la pena.
Saludos:
Jorge
Kokeossa- Amotiquero Junior
- Localización : Barcelona
Fecha de inscripción : 19/02/2013
Re: Duda en compra Puch
No necesita notario ya que se la vende el titular de la moto antes de estar de baja,los 50 y pico euros se los ahorra
Gttalpine- Amotiquero Senior
- Localización : Segovia
Fecha de inscripción : 14/01/2010
Re: Duda en compra Puch
Es verdad,en eso llevas toda la razon David,si el ultimo propietario te da fotocopia de DNI,te ahorras el tramite de notario.
Oscaret- Amotiquero Junior
- Localización : Lérida
Fecha de inscripción : 06/05/2012
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